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Bono Extraordinario Previsional para julio de 2025

El nuevo refuerzo económico para jubilados y pensionados será de $70.000 a abonarse durante este mes.


El Poder Ejecutivo Nacional, mediante el decreto 444/2025, otorgará un bono extraordinario previsional para jubilados y beneficiarios de ciertas pensiones no contributivas, por un monto máximo de $70.000.

¿Quiénes pueden acceder?

  • Personas titulares de prestaciones contributivas previsionales a cargo de la ANSES (otorgadas por la Ley N° 24.241, regímenes nacionales generales anteriores, regímenes especiales derogados, o por las ex-Cajas o Institutos Provinciales y Municipales de Previsión transferidos a la Nación).
  • Personas beneficiarias de la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM).
  • Personas beneficiarias de pensiones no contributivas por vejez, invalidez, madres de siete o más hijos y demás pensiones no contributivas y pensiones graciables, cuyo pago está a cargo de la ANSES.

¿Cuándo se pagará?

Será en este mes, julio de 2025.

¿Cómo se determinará el total?

Si la suma de todas las prestaciones vigentes es menor o igual al haber mínimo previsional garantizado (establecido por el artículo 125 de la Ley N° 24.241), se otorgará el bono completo de $70.000.

Si la suma de todas las prestaciones vigentes es superior al haber mínimo previsional garantizado, el importe del bono se ajustará de manera que el total de los ingresos (prestaciones + bono) alcance la suma de dicho haber mínimo más el monto máximo del bono de $70.000.

Consideraciones Importantes

  • Para percibir el bono, los beneficios deben encontrarse vigentes en julio de 2025.
  • En el caso de privilegios de pensión, cualquiera sea la cantidad de copartícipes, se considerarán como un único titular a los fines del derecho a la percepción de este bono.
  • Este bono tiene carácter no remunerativo, lo que significa que no será susceptible de descuento alguno ni computable para ningún otro concepto.

Esta medida busca compensar los efectos adversos de la fórmula de movilidad anterior (Ley N° 27.609) en los haberes previsionales de los adultos mayores de menores ingresos, especialmente antes de que la nueva actualización mensual basada en el Índice de Precios al Consumidor Nacional (establecida por el Decreto N° 274/24) entre en plena vigencia.


El texto original de este artículo fue publicado el 01/07/2025 en www.errepar.com
Fuente https://documento.errepar.com/actualidad/20250701095332382
Autor Errepar
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