Con el aumento del piso del impuesto, AFIP también aplicó un aumento del 35% sobre las escalas de Ganancias para reducir la base de cálculo de forma retroactiva: ¿Cuánto debe devolverle el Gobierno a los contribuyentes?
Tras definir un nuevo mínimo no imponible del Impuesto a las Ganancias para los trabajadores en relación de dependencia, el Gobierno también ordenó a la AFIP que aplique un aumento sobre las escalas del gravamen de forma retroactivo a enero de este año.
Además del nuevo piso del gravamen, el cual pasará de los $ 506.230 actuales a $ 700.875 brutos a partir de los sueldos devengados en agosto, se definió una corrección del 35% en las escalas que supondrá un beneficio para quienes pagan Ganancias dado que se reducirán las bases de cálculo de las retenciones.
Debido a esta, ahora la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) deberá devolver a los contribuyentes implicados el dinero correspondiente a los primeros ocho meses del año en los cuales se utilizaron escalas más altas.
Tal como destacaron desde el Ministerio de Economía al adelantar ambas noticias la semana pasada, este alivio afectará a más de 1 millón de trabajadores con el objetivo de cuidar la recomposición salarial.
La corrección del mínimo no imponible se oficializó a través del Decreto 414/2023 que modifica la Ley del Impuesto a las Ganancias, mientras que el aumento del 35% sobre las escalas para reducir retenciones se publicó en el Decreto 415/2023, ambos bajo las firmas del presidente Alberto Fernández, el ministro de Economía Sergio Massa y el jefe de Gabinete Agustín Rossi.
Impuesto a las Ganancias: modifican las retenciones, los detalles
El Gobierno cambiará las escalas para el cálculo de las retenciones a Ganancias, razón por la que instruyó a la AFIP a que modifique la forma de cálculo de las retenciones que deben realizar los empleadores
Así, se contemplará un aumento del 35% en las escalas de forma retroactiva al 1° de enero de 2023 «a los fines de reducir el monto de las retenciones», tal como explica el Decreto 415 publicado en el Boletín Oficial.
Al ser retroactiva a inicios de este año, la medida supone una devolución de Ganancias que deberá reglamentar AFIP para todos los contribuyentes afectados.
Así lo indica la resolución: «La suma que resulte de comparar el importe efectivamente retenido hasta la fecha de entrada en vigencia de este decreto con el que hubiera correspondido retener considerando la reducción de la base a la que se refiere el párrafo anterior, en su caso, se restituirá de acuerdo con las modalidades y plazos que establezca AFIP».
Según adelantaron desde el Gobierno, se espera que esta devolución se pague en dos cuotas mensuales junto a las remuneraciones de agosto y septiembre.
Además de la modificación de los importes de la escala progresiva de Ganancias, en sus considerandos el decreto también adelanta que el Ejecutivo enviará al Congreso un proyecto de ley para modificar este aspecto del gravamen por ley, tal como corresponde.
El objetivo de esta modificación que se propondrá en el Congreso será que este incremento «resulte de aplicación no solo para las rentas allí mencionadas [en el Decreto 415] sino también para todas las rentas obtenidas por las personas humanas y sucesiones indivisas».
Asimismo, se buscará que «esos importes sean los que se consideren para la actualización anual, a partir del período fiscal 2024».
Impuesto a las Ganancias: las nuevas escalas
Actualmente los tramos de escalas del Impuesto a las Ganancias son los siguientes:
Y, tras la modificación, quedarían de la siguiente forma: