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Córdoba lanzó un régimen excepcional para regularizar deudas

Hasta el 30 de noviembre, contribuyentes podrán acceder a facilidades de pago con intereses reducidos, cuotas desde $2.000 y beneficios especiales.


El Gobierno de la Provincia de Córdoba ha establecido, mediante el decreto 222/2025, un régimen excepcional de facilidades de pago para contribuyentes y responsables con deudas vencidas al 31 de agosto de 2025. La adhesión estará habilitada hasta el 30 de noviembre de 2025 y contempla condiciones especiales orientadas a promover el cumplimiento fiscal, entre ellas la reducción de intereses por mora, planes de cuotas accesibles y beneficios particulares para quienes se encuentren en procesos de fiscalización o gestión judicial.

Tributos y conceptos incluidos

El régimen abarca una amplia variedad de tributos provinciales, entre los cuales se destacan:

  • Ingresos Brutos
  • Impuesto Inmobiliario
  • Impuesto de Sellos
  • Propiedad Automotor
  • Embarcaciones
  • Tasas Retributivas de Servicios (excepto Tasa de Justicia)
  • Multas de la Policía Caminera
  • Deudas de agentes de retención, percepción y recaudación por omisión
  • Multas por infracciones al régimen de información
  • Deudas en discusión administrativa o judicial, incluyendo honorarios

Exclusiones

Se debe considerar que quedan fuera del régimen los siguientes conceptos:

  • Retenciones o percepciones practicadas y no ingresadas
  • Cuotas de planes de pago vigentes

Condiciones financieras

  • Tasa de interés: 2% mensual acumulativo
  • Cuota mínima: $2.000
  • Planes de hasta tres cuotas: sin interés de financiación
  • Cancelación anticipada: permitida si no hay cuotas vencidas, deduciendo el interés incluido

Rechazo y caducidad

Las solicitudes que no cumplan requisitos serán rechazadas y los pagos imputados a cuenta. La caducidad opera automáticamente si se incumplen tres cuotas (consecutivas o no) o si, pasados 60 días del vencimiento de la última cuota, no se cancela el total. Esto implica la pérdida de todos los beneficios.

Beneficios para contribuyentes en procesos de fiscalización o gestión judicial

Todos aquellos contribuyentes en proceso de verificación o fiscalización que se allanen antes del vencimiento para presentar demanda ante la Cámara Contencioso Administrativa, podrán obtener una reducción del 100% en multas formales y por omisión.

Asimismo, los honorarios en ejecuciones fiscales se cancelarán en las mismas condiciones que la deuda tributaria y los gastos causídicos se abonarán con la primera cuota.


El texto original de este artículo fue publicado el 23/09/2025 en www.errepar.com
Fuente https://documento.errepar.com/actualidad/20250923144712378
Autor Errepar
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