Aquellos que no tributan ni Ganancias ni Bienes Personales recibirán el reintegro en cuotas.
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) informó que los contribuyentes que no tributan Ganancias o Bienes Personales, recibirán a partir del 16 de febrero el reintegro de la percepción del 20 o 35 por la compra de dólar para tenencia o de viajes o gastos en el exterior concretadas a partir del 2012, previa solicitud.
Para realizar el pedido de la devolución se puede realizar desde el 2012 pero ahora el fisco habilitó una página con un esquema simplificado sobre cómo hacer según la situación de cada contribuyente: se adjunta el link http://www.afip.gob.ar/genericos/devolucionpercepcion/.
Los reintegros que ya se pidieron y los que se soliciten, de los períodos 2012, 2013 y 2014, se efectivizarán a partir del 16 de febrero en cuotas mensuales de hasta 6.000 pesos por contribuyente, hasta devolver el monto total.
El Administrador de la AFIP Dr. Alberto Abad precisó que a partir del 16 de febrero, a los contribuyentes que gestionaron el reintegro se les pagará la deuda a través de cuotas de hasta 6.000 pesos mensuales, hasta terminar de cubrir el monto total.
Este reintegro se realizará en cuotas que se pagarán el 16 de febrero, 13 de abril, 12 de mayo, 14 de junio y 14 de julio.
Las cuotas serán de hasta 6 mil pesos y en la última cuota se cancelará el saldo. En la AFIP estiman que con el pago del 16 de febrero se solucionará la situación del 52 por ciento de los contribuyentes que ya ingresaron las solicitudes.
En tanto, los contribuyentes que registraron este tipo de operaciones en el período 2015, la AFIP les devolverá el monto correspondiente a partir de agosto próximo.
Al respecto aclararon que la página web acepta la carga de estos datos, aunque aún no pueden ser enviados para su autorización por parte de la AFIP.
La deuda del estado con los contribuyentes es de 1.230 millones de dólares, de los cuales 5.500 millones corresponde al período 2012, 187.500 millones al 2013 y 1.037 millones al 2014.
Tener en cuenta que para que se pueda proceder a realizar la devolución, quienes lo soliciten no deberán incumplir con ninguna formalidad ante el Fisco.
Para mayor información sobre devoluciones de percepciones moneda extranjera escribinos en nuestra sección de contacto y recibí asesoramiento profesional.