La AFIP dio un ultimátum para inscribir los datos biométricos que deben respaldar la clave fiscal, y si no se cumple, puede suspender la CUIT.
Un tema sobre el que muchos consultan a los contadores amigos es sobre la registración de datos biométricos que, para determinadas CUIT, vence a fin de mes. Y esto, a pesar de que es un trámite digital que se puede realizar en pocos pasos por la aplicación móvil «Mi AFIP».
El incumplimiento de este trámite, que implica brindar en forma digital algunos datos personales en respaldo de la clave fiscal, puede tener como consecuencia que AFIP bloquee la CUIT, y aplique multas y sanciones.
Qué son los datos biométricos
El trámite sobre datos biométricos que pide la AFIP es la registración de manera digital de datos que validan la identidad de los contribuyentes. Estos datos son: firma, foto, huella dactilar y DNI escaneado, indicó Agustín S. Sosa, CEO de Tributo Simple.
Los datos biométricos deben registrarse para una identificación más segura con el fin de evitar la utilización de documentación apócrifa y preservar la seguridad jurídica y patrimonial de las personas ajenas a la comisión de fraudes, explicó.
Este trámite es obligatorio para todas las personas que operen con clave fiscal, y su propósito es garantizar la correcta identificación de las características únicas de cada individuo, afirmó.
Cada contribuyente obligado a registrar sus datos recibe una notificación en su domicilio fiscal electrónico con la fecha límite para cumplir el requisito, aclaró.
Qué plazos hay para registrar los datos biométricos
Debido a las restricciones de circulación por la pandemia de Covid-19, se había suspendido la obligatoriedad de este trámite, lo que se extendió varias veces. Sin embargo, esta excepción ya no será prorrogada y los contribuyentes deben registrar sus datos biométricos, remarcó Sosa.
Desde entonces, el registro de los datos biométricos se debe realizar progresivamente de acuerdo con el cronograma establecido para cada finalización de CUIT tal como sigue, precisó:
CUIT con terminación en 2 o 3: hasta personas humanas cuyas CUIT terminen en 0 y 1 debieron cumplir con esta obligación antes del 28 de abril pasado al 31 de mayo.
CUIT con terminación 4 o 5: hasta el 30 de junio.
CUIT con terminación en 6 o 7: hasta el 31 de julio.
CUIT con terminación en 8 o 9: hasta el 31 de agosto.
Cómo se realiza la inscripción de datos biométricos
Para cumplir con este requisito, se puede realizar el trámite en su totalidad de forma virtual mediante la aplicación móvil «Mi AFIP». Además, quienes hubieran solicitado o blanqueado la clave fiscal desde la app tampoco deberán realizar confirmación ni aceptación de datos, subrayó Sosa.
En caso de no poder cumplir con la registración de forma virtual, se podrá realizar el trámite de manera presencial en una dependencia de AFIP. Para ello, se deberá solicitar un turno web para el trámite «Datos biométricos – Registro». El día del turno, los contribuyentes deberán asistir con su documento de identidad, puntualizó
«Es recomendable que los contribuyentes cumplan con esta obligación en tiempo y forma para evitar bloqueos de constancia de CUIT, multas y sanciones por parte de la AFIP», advirtió Sosa.