La AFIP suprime la obligación de adjuntar el contrato de locación a través del SIRADIG para la deducción de las sumas pagadas en concepto de alquileres.
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) adopta esta medida teniendo en cuenta que la Resolución General 5545 dispone la obligación de declarar los contratos de locación sobre bienes inmuebles en el servicio “Registro de Locaciones de Inmuebles – RELI” a los efectos de usufructuar los incentivos fiscales previstos en la Ley 27.737, entre los que se encuentra la deducción del monto total anual de alquileres de inmuebles destinados a casa-habitación, ya sea en carácter de locatario o locador.
De esta forma, AFIP, a través de la Resolución General 5547, suprime la obligación de adjuntar el contrato de locación a través del servicio “Sistema de Registro y Autorización de Deducciones del Impuesto a las Ganancias (SIDARIG)” a los fines del cómputo de las deducciones del 40% y del 10% de las sumas pagadas en concepto de alquileres de inmuebles destinados a vivienda, previstos en el Apartado D del Anexo II de la Resolución General 4003.
En sus considerandos la norma alega como objetivo principal la intención de simplificar y disminuir la carga administrativa de los contribuyentes.
Deducción del 40%
Por un lado el aparado h) del Anexo II de la RG 4003 dispone que el 40% de las sumas pagadas en concepto de alquileres de inmuebles destinado a casa-habitación del contribuyente o causante en el caso de sucesiones indivisas podrá ser deducido hasta el límite de la ganancia no imponible prevista en el inciso a) del artículo 30 de la LIG, siempre y cuando el beneficiario de la renta no resulte titular de ningún inmueble.
Para su cómputo deberá emitirse factura o documento equivalente por parte del locador.
Se elimina de este inciso la obligación que en su redacción anterior disponía que “en el primer período fiscal en que se efectúe el cómputo de la deducción y, con cada renovación del contrato, el beneficiario de la renta deberá remitir a este Organismo a través del servicio “Sistema de Registro y Actualización de Deducciones del Impuesto a las Ganancias (SiRADIG) – TRABAJADOR”, una copia del contrato de alquiler, en formato “.pdf”.”
Deducción del 10%
Por otro lado, se modifica el inciso s) del Anexo II de la RG 4003 que dispone la deducción del 10% del monto mensual en concepto de alquileres de inmuebles destinados a casa-habitación, conforme lo normado por el inciso k) del artículo 85 de la LIG, de forma adicional a la deducción del 40% en caso de corresponder, la cual deberá ser respaldada por la emisión de una factura o documento equivalente por parte del deudor.
Al igual que en el caso anterior, elimina el último párrafo del inciso que exigía que “en el primer período fiscal en que se efectúe el cómputo de la deducción y, con cada renovación del contrato, el beneficiario de la renta deberá remitir a este Organismo a través del servicio “Sistema de Registro y Actualización de Deducciones del Impuesto a las Ganancias (SiRADIG) – TRABAJADOR”, una copia del contrato de alquiler, en formato “.pdf”.”