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Qué período de 2023 no se puede deducir Ganancias por un viaje o la tarjeta en dólares

La AFIP puede impugnar la deducción del pago a cuentas de Ganancias en las operaciones con dólares realizadas durante 20 días de 2023.


Si viajaste entre el 23 de noviembre y el 13 de diciembre de 2023 y usaste la tarjeta, sufriste una percepción de Impuesto a las Ganancias que no podrás deducir ni en las declaraciones juradas que se están confeccionando en este momento ni en el SIRADIG de los empleados, porque pueden ser impugnadas por la AFIP.

El cepo al dólar se complementa con el impuesto PAIS y percepciones de impuestos a las Ganancias y sobre los Bienes Personales, pero fue cambiando tanto en las alícuotas como en el plazo en que se pueden cargar a cuenta de las declaraciones juradas anuales, y por eso hay un período de 2023 que la AFIP podría impugnar, indica Roque Claramunt, del estudio Bertazza, Nicolini & Corti.

La restricción sobre las percepciones que pueden deducir de los impuestos a las Ganancias y sobre los Bienes Personales del período 2023 afecta a los siguientes contribuyentes:

  • Empleados, que tienen tiempo hasta el 31 de mayo para presentar, o en su caso, rectificar, el formulario de deducciones SIRADIG en el Impuesto a las Ganancias.
  • Personas humanas, que presentarán en junio próximo su declaración jurada de impuestos a las Ganancias y sobre los Bienes Personales.
  • Empresas, con vencimiento de la declaración jurada de Impuesto a las Ganancias desde el próximo martes 14.

Por qué la AFIP puede rechazar la deducción en Ganancias

Después de varios vaivenes normativos, la tasa de las percepciones de Ganancias y de Bienes Personales hoy están unificadas en 30% y los pagos a cuenta se pueden tomar por el período en curso, aclara Claramunt.

Esta normativa está vigente desde el 13 de diciembre 2023, pero hubo un período entre dos resoluciones, una de las cuales entro en vigor el 23 de noviembre 2023, durante el cual las percepciones solo se podían deducir en las declaraciones juradas del período siguiente; es decir en las presentaciones por 2024, que se realizarán en junio de 2025, explica.

  • Durante 20 días de 2023 no se pueden deducir percepciones de Ganancias en operaciones con dólar.
  • Durante 20 días de 2023 no se pueden deducir percepciones de Ganancias en operaciones con dólar.

Por lo tanto, la AFIP podría impugnar las percepciones cargadas por los empleados en el formulario de deducciones SIRADIG de 2023 por el lapso entre el 23 de noviembre y el 13 de diciembre de 2023, enfatiza.

Para las empresas, en el caso de computarse las percepciones en las declaraciones juradas 2023, la AFIP podría proceder a su impugnación, solicitando que se rectifiquen esas presentaciones e ingresen el saldo correcto, o incluso que inicie el juicio de ejecución fiscal, de corresponder, afirma.

Idéntica situación se da respecto de las percepciones del Impuesto sobre los Bienes Personales sufridas en el período del 23 de noviembre al 13 de diciembre de 2023, agrega.

Por este motivo, Claramunt recomienda a los contadores revisar las declaraciones juradas en preparación, para poner el resultado en conocimiento de los clientes.

Qué operaciones están alcanzadas por la percepción de Ganancias

La normativa estableció que las percepciones de impuestos a las Ganancias y sobre los Bienes Personales se aplican sobre las siguientes operaciones alcanzadas por el Impuesto Para una Argentina Inclusiva y Solidaria (PAIS):

  • Compra de billetes y divisas en moneda extranjera para atesoramiento o sin un destino específico.
  • Compra de moneda extranjera para pagar obligaciones de importación de mercadería.
  • Pago de bienes o servicios en el exterior que se cancelen con tarjetas de crédito, de compra, débito o cualquier otro medio de pago equivalente, incluidas las extracciones o adelantos en efectivo que se hagan en el exterior.
  • Pago de servicios prestados por sujetos no residentes en el país que se cancelen con tarjetas de crédito, de compra, débito o cualquier otro medio de pago equivalente.
  • Pago de servicios en el exterior contratados a través de agencias de viajes y turismo del país.
  • Pago de servicios de transporte de pasajeros con destino fuera del país, excepto aquellas operaciones que se contraten en el país de servicios de transporte terrestre de pasajeros con destino a países limítrofes.
  • La percepción de Impuesto a las Ganancias se aplica sobre dólar, viajes y tarjeta de crédito
  • La percepción de Impuesto a las Ganancias se aplica sobre dólar, viajes y tarjeta de crédito

Quiénes están alcanzados por pagos a cuenta de impuestos

Las percepciones recaen sobre los siguientes sujetos que realicen las operaciones alcanzadas por el impuesto PAIS:

  • Residentes en el país: personas humanas, jurídicas, sucesiones indivisas u otros responsables.
  • Titulares, usuarios, titulares adicionales y/o beneficiarios de extensiones de tarjetas de crédito, débito o compra, cuando estas sean utilizadas para abonar la operación.
  • Puede consultarse las percepciones practicadas ingresando con clave fiscal al servicio denominado «Mis Retenciones».

Sin embargo, para el período del 23 de noviembre al 13 de diciembre de 2023 no se pueden tomar las percepciones en las declaraciones juradas del período 2023, porque la AFIP podría impugnarlas.


El texto original de este artículo fue publicado el 9/05/2024 en www.iprofesional.com
Fuente: https://www.iprofesional.com/impuestos/405663-ganancias-dolar-que-periodo-de-2023-no-se-puede-deducir
Autor: Dolores Olveira
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