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Monotributo
El próximo martes 5 de agosto vencerá el plazo para realizar la segunda recategorización semestral del Régimen Simplificado.
Tras conocerse el IPC de junio, el cual fue de un 1,6%, la ARCA había difundido ya las escalas de categorías y valores aplicables a partir de hoy.
Empleados de Comercio
La Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios difundió las escalas salariales aplicables para los trabajadores del rubro, vigentes para el período de julio a diciembre.
El último acuerdo, firmado el 26 de junio, fijó un incremento salarial del 6%, más el pago de una suma fija no remunerativa de $40.000 mensuales. Este aumento se abonará en un 1% mensual desde para el período mencionado.
Las partes volverán a reunirse en noviembre para examinar las escalas básicas convencionales, sumas, porcentajes, atento a las variaciones económicas que podrían haber afectado a dichas escalas, pactadas en este acuerdo y desde la vigencia del mismo.
Casas Particulares
Se oficializaron los aumentos escalonados para el personal del sector a partir de julio 2025.
- La suba se fijó en un 6,5% que se distribuirá de la siguiente forma:
- 3,5% comprensivo de los meses febrero a junio de 2025, sobre los salarios mínimos negociados para enero del corriente año. El mismo será pagado en julio.
- 1% adicional en julio, agosto y septiembre, calculado sobre la escala ajustada del mes anterior.
- También se estipuló el pago de una suma fija no remunerativa según la carga horaria semanal.
Por su parte, la ARCA informó los valores para la cuota de la ART, vigentes a partir del período julio, que rigen para los pagos vencidos en el mes de agosto.
Ganancias
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero dispuso que se excluyen del régimen de retención del impuesto a las ganancias a los beneficios de los seguros de cese laboral. Esta exclusión aplica igualmente a los rescates (totales o parciales) por desistimiento de estos seguros.
Así es como los empleadores contarán con mayor certeza jurídica sobre el tratamiento de las primas y los pagos asociados a los seguros de cese laboral.
Mientras que para los trabajadores implica que los montos percibidos por estos seguros, en sustitución de indemnizaciones, no estarán sujetos a la retención en la fuente de tributo.
IVA
Se incorporaron nuevas actividades en las cuales las ventas de bienes por un valor de hasta $10.000.000 se considerarán realizadas a consumidores finales, exentas del régimen de percepción del igravamen.
Jubilaciones y Pensiones
La ANSES estableció los nuevos importes de las bases imponibles mínima y máxima a la seguridad social, los haberes jubilatorios y otras prestaciones previsionales que rigen a partir de agosto.
En el caso de los haberes, el máximo quedó en $2.114.977,60 y el mínimo en $314.305,37. Para la PBU se fijó en $143.780,36 y la PUAM en $251.444,30.
Riesgos del trabajo
Se dispuso que las intimaciones de pago por cuotas omitidas al Fondo de Garantía serán notificadas exclusivamente mediante el Sistema de Ventanilla Electrónica para Empleadores – E-Servicios.
Compensación de tributos
La Dirección Nacional de Impuestos, emitió un dictamen que posibilita que los responsables sustitutos puedan compensar las obligaciones fiscales derivadas de su actuación, con saldos a favor de libre disponibilidad.
Suspensión del inicio de los juicios de ejecución fiscal
Se extendió hasta el 31 de diciembre, inclusive, la interrupción del inicio de los juicios de ejecución fiscal y la traba de medidas cautelares para entidades sin fines de lucro y contribuyentes pertenecientes al sector salud.
Con esta prórroga, el Ministerio de Economía continuó con las medidas emitidas previamente a través de las resoluciones 17/2024, 617/2024 y 1445/2024, respectivamente.
El texto original de este artículo fue publicado el 1/08/2025 en www.errepar.com
Fuente https://documento.errepar.com/actualidad/20250801115156579
Autor Errepar